“LA MISIÓN DE LA VIDA CONSAGRADA FRENTE A LOS ABUSOS”
MARÍA INÉS FRANCK
ASISTENTE EN EL INSTITUTO DE ANTROPOLOGÍA PONTIFICIA UNIVERSIDAD GREGORIANA
El deber de prevenir situaciones de abuso en la Iglesia se enraíza en principios y mandatos claramente evangélicos que tienen, sin duda, su correlato en obligaciones de naturaleza moral. En los últimos años, sin embargo, parece estar abriéndose paso también en las disposiciones del derecho canónico.
Si bien el Código de 1983 no es demasiado explícito en ese sentido, la obligación de prevención a cargo de las autoridades eclesiásticas (obispos, superioras y superiores religiosos) se desprende de la interpretación de los cánones sobre la función de vigilancia a ellas encomendada.
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